27 May
27May
Para la Corte, hackear el Facebook es tan grave como violar el correo postal

Para la Corte, robar el Facebook es tan grave como violar el correo postal. AP

las más leídas

los videos más vistos

La agresión y los insultos de una madre de la Escuela 46 de Tigre a una maestra: "A mi hijo yo lo crío como se me canta..."

La agresión y los insultos de una madre de la Escuela 46 de Tigre a una maestra: "A mi hijo yo lo crío como se me canta..."

Una chica de 13 años fue herida de una puñalada por una compañera de colegio en Chaco

Una chica de 13 años fue herida de una puñalada por una compañera de colegio en Chaco

El terrible momento en que un león marino salta del agua y atrapa a una niña.

El terrible momento en que un león marino salta del agua y atrapa a una niña.

Así destruye billetes el Banco Central

Así destruye billetes el Banco Central

El video de tres amigos que odian "Despacito" y se volvieron virales.

El video de tres amigos que odian "Despacito" y se volvieron virales.

Marcelo Maller

 

(0) comentarios

Ingresar en una cuenta de red social ajena quedó a la misma altura de abrir una carta a nombre de otra persona. Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia tras el reclamo de un particular que denunció que desconocidos accedieron a su cuenta de Facebook.

Todo comenzó con un conflicto de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal 10 y el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas 24 sobre una denuncia que había realizada una persona (llamada Gustavo Luis C., según el expediente), en la que había expuesto que "en reiteradas ocasiones habrían ingresado ilegítimamente a su cuenta de usuario en la red social Facebook asociada a su correo electrónico" .

Mirá también

Mark Zuckerberg contratará a 3.000 personas más para terminar con los videos violentos en Facebook

En la Justicia federal el juez Julián Ercolini se declaró incompetente y envió el expediente a un tribunal ordinario porque la intromisión afectaba "intereses particulares que no habilitan su jurisdicción, por no haberse afectado el servicio postal”. Pero los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Maqueda y Elena Highton de Nolasco lo corrigieron y le devolvieron el caso porque “se trata de un acceso ilegítimo a una comunicación electrónica o dato informático de acceso restringido, a los que sólo es posible ingresar a través de un medio que por sus características propias se encuentra dentro de los servicios de telecomunicaciones”. Entonces el acceso a la cuenta de la red social quedó equiparado, de hecho, a la violación de correspondencia por cualquier medio, contemplados en el Código Penal.

Mirá también

Tras la caída a nivel mundial, vuelve a funcionar el servicio de WhatsApp

El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez le dijo a Clarín que el fallo "marca un precedente importante porque establece la intimidad en ámbitos de redes sociales. Es una interpretación dinámica de la Constitución y marca la evolución de la sociedad. En 1853 se hablaba de un papel abierto al violar una carta; hoy se trata de redes sociales".

En tanto Carlos Rojas, especialista en cibercrimen de la Policía de la Ciudad, consideró que el fallo "le da entidad al sector privado, a los mensajes privados de Facebook. Si te hackean ingresan a todo el contenido que tenés allí. Es como meter la mano en un buzón, abrir todas las cartas y luego hacer lo que uno quiere con ellas. Ahora le dan carácter de delito de importancia porque la violación de la correspondencia es un delito federal".

Mirá también

Marcelo Polino reveló su secreto mejor guardado

A su vez el especialista confirmó que el ingreso a una cuenta que no es la propia "es usual aunque no tan sencillo. Y la gente, normalmente, lo denuncia". Y señaló que "recuperar la cuenta de Facebook con intervención judicial tarda alrededor de 20 días. Y si hacés la denuncia en Facebook y podés certificar que es tu cuenta, no debería tardar más de 72 horas".

Mirá también

Una argentina está atrapada sola a 3.000 metros de altura en una montaña en Canadá

La ley 26.388 pena de 15 días a seis meses de prisión a quien “abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, que no le esté dirigido”. Además, también reprime a quien “a sabiendas accediere por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea, a un sistema o dato informático de acceso restringido”.

Mirá también

Hospitales colapsados: ampliarán 43 guardias en la Provincia

Esta no es la primera vez que la Corte indica el camino a seguir ante un delito digital. Hace tres años una mujer descubrió que su ex pareja espiaba su correos electrónicos -además del Facebook- y lo denunció en la Justicia. En ese momento también se produjo una disputa entre el Fuero Federal y el Contravencional que también dirimió la Corte como lo hizo ahora, y dictaminó que era la Justicia Federal la que debía encargarse de investigar la intromisión ajena en los correos de medios electrónicos.


fuente: Clarin






Comentarios
* No se publicará la dirección de correo electrónico en el sitio web.
ESTE SITIO FUE CONSTRUIDO USANDO